Contemplan más regulaciones a contratos de preventas de casas
Autoridades revisan cláusulas previstas en los preacuerdos firmados
Esta semana el Ministerio de la Vivienda y Hábitat, en una resolución, controló el cobro del Índice de Precios al Consumidor en los contratos de preventa para la adquisición de viviendas, pero el Gobierno y la Asamblea contemplan más regulaciones.
La Comisión de Administración y Servicios del Parlamento, el Indepabis y el despacho de la Vivienda, han estado realizando mesas de trabajo para revisar esa modalidad de cobro y, si bien el Ministerio ya emitió una normativa, ahora el Indepabis estima regular los contratos.
Algunos de los preacuerdos que firman los compradores tienen cláusulas que requieren revisión. En ese sentido, la diputada Laura Valls, miembro de la instancia parlamentaria, indicó que el Indepabis fijará algunos parámetros para los contratos.
"Existen cláusulas abusivas que se tienen que restringir", y puso como ejemplo que uno de los aspectos a regular son las multas que se establecen a las personas que han tenido retrasos en las cuotas. "En algunos contratos se cobra 3% de multa y ello se tiene que prohibir". La parlamentaria estima que en el transcurso de los próximos días el Indepabis deberá tener listas las disposiciones.
En la norma publicada por el despacho de la Vivienda se indica que los contratos de opción de compraventa o documentos equivalentes que tengan por objeto el financiamiento de viviendas en construcción (preventa) deberán establecer el lapso de culminación de la obra y de la protocolización del documento de compraventa. Luego agrega que en "en ningún caso operará el cobro del Índice Nacional de Precios al Consumidor, otro ajuste por inflación, ni el cobro de intereses de financiamiento, después de la fecha originalmente pactada para la culminación de la obra y para la protocolización del documento de venta", salvo que no se lleve a cabo por culpa del comprador.
La normativa destaca que en el caso de aquellas obras donde no se ha establecido una fecha de culminación de la obra y de la protocolización, deberán ser acordadas entre las partes en un término de 30 días continuos" contados desde el 11 de noviembre. El despacho apunta que, en ningún caso, "el comprador deberá soportar el impacto económico derivado del retraso en la culminación de la obra".
Si los constructores deciden no protocolizar la venta del inmueble tendrán 15 días, después de notificar esta decisión, para "reintegrar al comprador el monto que éste haya entregado más el ajuste por inflación e intereses de financiamiento causados desde la fecha correspondiente a cada uno de los aportes efectuados hasta la fecha efectiva del reintegro".
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Francisco Neri, indica que gran parte de los promotores han establecido los plazos de terminación de las obras, "ya se trabaja con tiempos definidos".
Sin embargo, inmobiliarios consultados señalan que actualmente existen retrasos por problemas en la protocolización de los documentos en los registros y por fallas con el suministro de varios insumos y con el transporte de los materiales, de manera que ahora esos costos tendrán que ser asumidos por los constructores, dado que los mismos son coyunturales.
Mayela Armas H.
EL UNIVERSAL
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